Requisitos Básicos para la Admisibilidad
- Haber egresado del nivel medio de enseñanza al 30 de abril del ciclo lectivo en que se inician los estudios.
- Acreditar salud psicofísica.
- Tener revalidado o convalidado el título de nivel medio o polimodal al 30 de abril, si ha concluido los estudios de este nivel en otro país.
- Aprobar la Etapa de Confrontación Vocacional.
- Aprobar los Módulos de la Etapa de Nivelación.
- Aprobar la Etapa de Ambientación Universitaria.
Postulantes mayores de 25 años que no tengan completos sus estudios de nivel medio (art. 7º de la Ley de Educación Superior Nº 24521 y Ordenanza Nº 46/95-C.S.).
Para ingresar a las instituciones de nivel superior se debe cumplir con los siguientes requisitos:
- Tener 25 años cumplidos al momento de la inscripción.
- Poseer estudios primarios completos.
- Acreditar preparación y/o experiencia laboral acorde con la carrera de abogacía
- Poseer las aptitudes y conocimientos suficientes para cursar satisfactoriamente dicha carrera.
Una Comisión evaluará los antecedentes de preparación y/o experiencia laboral presentados por cada postulante a fin de verificar si su contenido, alcances, duración, especificidad y demás factores pertinentes, le han proporcionado un nivel de formación acorde con los estudios de la carrera de Abogacía. Además, el postulante será evaluado mediante un coloquio destinado a ese efecto. En el caso de que el postulante haya demostrado tener la referida preparación y/o experiencia laboral, deberá rendir una evaluación escrita destinada a verificar si posee las aptitudes y conocimientos suficientes para cursar satisfactoriamente los estudios de Abogacía. Una vez cumplidos todos los requisitos y experiencias referidos en los puntos anteriores, para revestir la condición de aspirante a ingresar a la Facultad el postulante deberá inscribirse obligatoriamente en las fechas ordinarias y aprobar el Curso de Ingreso.
Accesibilidad y atención a la diversidad
En el caso de aspirantes con algún tipo de discapacidad se realizarán ajustes razonables, según las necesidades y posibilidades para cada caso. Estableciendo las medidas para equiparar las oportunidades de las personas con discapacidades permanentes o temporarias, según lo establece la Ley 24521 de Educación Superior en su artículo 2, inciso d y la Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad, con jerarquía constitucional. Se tomaran las acciones desde la Coordinación de ingreso en articulación con el SERVAC, acordes a la Ord. N° 48/05-CS que aprueba el Programa de Inclusión de Personas con Discapacidad en el Ámbito de la UNCUYO.
Dirección de Ingreso y Estadísticas
Facultad de Derecho - UNCUYO
☎️ 0261 4494192
✉️ mventura@derecho.uncu.edu.ar / cursodeingreso@derecho.uncu.edu.ar