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Días y horarios
- 7, 8 y 9 de octubre de 16 a 21 hs.
Lugar
- Aula E, Facultad de Derecho UNCUYO
Alejandro M. Garro
Nació y se educó en la Ciudad de La Plata, adonde también ejerció la profesión de abogado hasta 1977. Recibió su título de abogado en la Facultad de Derecho de la UNLP, su título de maestria en derecho (LLM) en la Universidad del Estado de Luisiana y de doctor en derecho (J.S.D.) en la Universidad de Columbia en la Ciudad de Nueva York. Es profesor en la Facultad de Derecho de la Universidad de Columbia hace màs de 30 años e investigador principal en su Escuela Parker de Derecho Extranjero y Comparado. El Dr. Garor es profesor honorario de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Buenos Aires (UBA).
Sus áreas de docencia se centran en el Derecho comparado y el Derecho comercial internacional (ventas internacionales, garantías mobiliarias, arbitraje y litigio internacional Ha impartido cursos sobre derecho latinoamericano. Sus publicaciones exploran diversos aspectos del derecho contractual comparado y los sistemas jurídicos latinoamericanos. En su "Latin American Arbitration Law and Practice" (Transnational Juris Publications, Nueva York, 1990) ofrece una visión general sobre el arbitraje internacional en algunos países de América Latina y en su libro con el profesor Alberto Zuppi, La compraventa internacional de mercaderías, examina la Convención de Viena sobre contratos para la venta internacional de mercaderias.
Entre 1983 y1985 estuvo afiliado al Instituto Suizo de Derecho Comparado en Lausana, Suiza, como collaborateur scientifique. En 1993 y 2001 fue becario visitante Max-Planck-Gesellschaft-Stipendiat, en el Instituto Max-Planck de Derecho Internacional Privado y Extranjero en Hamburgo, Alemania, donde fue responsable del capítulo sobre "Registración inmobiliaria" para la Enciclopedia Internacional de Derecho Comparado.
Ha sido profesor visitante en varias universidades de Europa y América Latina, y contribuido a la redacción de leyes sobre arbitraje comercial para Bolivia y Perú, y a la ley de garantías mobiliarias en Puerto Rico. Actualmente es consultor del Banco Mundial sobre la reforma de las garantías mobiliarias en Argentina. Durante la década de los 90 participó en la redacción de los “Principios de UNIDROIT sobre contratos comerciales internacionales” y es miembro de la delegación argentina ante la CNUDMI (UNCITRAL).
Sus actividades internacionales incluyen representar a la Asociación Americana de Derecho Internacional Privado (ASADIP, por sus siglas en inglés) ante la Conferencia de La Haya sobre Derecho Internacional Privado y al Colegio de Abogados de la Ciudad de Nueva York ante el Instituto Internacional para la Unificación del Derecho Privado (UNIDROIT). Es admitido para ejercer la abogacía en Buenos Aires, Madrid y Nueva York.
Lunes 7 de octubre
- La contratación internacional bajo el Código Civil y Comercial de la Nación (“CCCN”)
- Jurisdicción internacional: perspectivas comparadas
- Foro competente y su relación con el derecho aplicable
- Clausulas de selección de foro: negociación y redacción (opciones)
- Tratados internacionales: Convención de Montevideo de 1979 y Convención de La Haya de Selección de Foro (2005)
- Derecho aplicable al contrato: perspectivas comparadas
- Cláusulas de elección del derecho aplicable: negociación y redacción (opciones)
- Tratados internacionales: Convención de México de 1994 y Principios de La Haya sobre Derecho Aplicable a los Contratos Internacionales (2015)
Martes 8 de octubre
- Marco jurídico internacional aplicable a los contratos internacionales
- Convención de las Naciones Unidas sobre Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías (“CISG”)
- Ámbito de aplicación (arts. 1-6, 95-96 CISG)
- Disposiciones generales: arts. 7-13 CISG
- Principios de Unidroit sobre Contractos Comerciales Internacionales (“PUCCI”)
- Ámbito de aplicación (Preámbulo y cláusula de elección del derecho aplicable (arts. 1.1 a 1.12 PUCCI y nota a pie de página)
- Formación del contrato (arts. 14-24 CISG y arts. 2.1.1 a 2.1.22 PUCCI
- Validez formal del contrato: la exigencia de que sea "por escrito". La prueba del contrato y la llamada "parol evidence rule": Arts. 11, 12 y 96 CISG
- ¿Qué pasa cuando los términos de la aceptación no coinciden con los de la oferta? La llamada "batalla de los formularios"
- Incumplimiento del contrato y remedios disponibles
- ¿Cuándo hay una excusa válida para no cumplir? (fuerza mayor e imprevisión): art. 79 CISG y art. 7.1.7 PUCCI
- ¿Aunque el cumplimiento sea posible, puede invocarse un cambio de circunstancias que haya hecho dicho cumplimiento extraordinariamente difícil? Art. 6.2.1 a 6.2.3 PUCCI
- ¿En qué supuestos se puede pedir la resolución del contrato y qué pasos deben tomarse para hacer cargar a la otra parte con sus consecuencias?
- ¿Cuál es la medida de la compensación monetaria (daños y perjuicios) que puede reclamarse en caso de incumplimiento? Arts. 74-78 CISG.
Miércoles 9 de octubre
- Litigio y arbitraje internacional como medios alternativos de resolución de conflictos
- Los problemas iniciales que plantea un litigio con partes domiciliadas en diferentes países: poder de representación, emplazamiento de la demanda y medidas cautelares: derecho interno argentino y derecho internacional.
- La obtención de pruebas en el extranjero
- Reconocimiento y ejecución de sentencias extranjeras en la Argentina y de sentencias argentinas en el extranjero: sus principales obstáculos
- El arbitraje internacional como medio alternativo para resolver disputas originadas por la violación de un contrato:
- Ejecución del acuerdo de arbitraje
- Reconocimiento de laudos extranjeros: derecho interno argentino y derecho internacional.
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