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Jornada de Derecho Digital | Derecho al olvido

Se abordará el Caso Natalia De Negri, bajo la premisa: ¿El derecho al olvido, realmente vulnera la libertad de expresión? con la participación de la disertante Bárbara Peñaloza. Modalidad Online. Actividad abierta y gratuita.

10 de mayo de 2022, 11:48.

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Día y horario

  • Jueves 19 de Mayo a las 18 hs

Modalidad

  • Online

Se ha esgrimido contra el reconocimiento al derecho al olvido, que la libertad de expresión tiene un lugar preeminente en nuestro marco constitucional; que las medidas preventivas de filtro o bloqueo de vinculaciones para el futuro implican un acto de censura; y que el reconocimiento del mentado derecho sería incompatible con el sistema interamericano de derechos humanos, dada la especial protección que tendría en el mismo la libertad de expresión.

En esta oportunidad, mientras aguardamos la decisión de la CSJN, analizaremos si dichos argumentos son suficientes para rechazar el ejercicio de este derecho en nuestro país por quien ve vulnerados sus derechos personalísimos y, por lo tanto, su dignidad, al ser usado su nombre y apellido como palabras claves para encontrar determinados contenidos en buscadores de Internet.

Sobre el Caso Natalia De Negri

Natalia Denegri empresaria, actriz y productora reclamó que se elimine toda referencia en Google y Youtube a sus participaciones televisivas de hace más de veinte años en el caso Coppola. Y reclamó en sede judicial desvincular a Google de 21 artículos periodísticos publicados en los diarios Clarín y La Nación, así como 11 videos de Youtube, "alegando una supuesta afectación de derechos personalísimos, y con fundamento en el 'derecho al olvido'".

Pero Google apeló ante la Corte Suprema, por entender que el fallo emitido "limita el derecho a la información y la libertad de expresión", en un tema que es de interés público. Y de confirmarse, podría sentar jurisprudencia para que otras "figuras públicas" reclamen los mismos derechos para suprimir de los buscadores de Internet fotos, videos, notas y entrevistas que consideren perjudiciales para su honra. Los abogados de la empresa plantearon en su presentación ante la Corte, que "la sentencia recurrida censura contenidos sobre temas de interés público y sobre figuras públicas, que la jurisprudencia de este Tribunal sobre libertad de expresión protege especialmente".


Secretaría de Extensión y Vinculación

Facultad de Derecho - UNCUYO

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