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Conversatorio | Adaptación de obras para las Personas con Discapacidad desde el Tratado de Marrakech

El conversatorio será virtual y contará con la participación del Abg. Diego Bibiloni, adjunto de la Cátedra de Derecho Internacional Público de la FD, el Dr. Rodrigo Gómez Torres especialista en derecho de autor, la Lic. María Gabriela Coll especialista en gestión de la información y la Lic. Diana Ruiz encargada del Área de Diversidad Funcional. La actividad busca relexionar sobre la ratificación del Tratado de Marrakech, en la legislación argentina, más específicamente en la ley de propiedad intelectual (No11723) y su aplicación en la adaptación de obras destinadas a las Personas con Discapacidad.

06 de abril de 2022, 11:33.

imagen Conversatorio | Adaptación de obras para las Personas con Discapacidad desde el Tratado de Marrakech

Inscripciones | Click aquí


Día y horario

  • 13 de abril de 13 a 15 hs.

Modalidad

  • Virtual

El Tratado permite el acceso de las obras publicadas a las personas con discapacidad visual o con otras dificultades para acceder al texto impreso. Impulsado por la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), entró en vigor a partir del 30 de septiembre de 2016. Argentina se sumó a la lista de países firmantes, mediante la Ley 27.061; y lo ratificó en el 2015 obligando a implementar e instrumentar los cambios legislativos en materia de derecho de autor. Eventualmente, el 11 de noviembre de 2020 mediante la Ley 27.588 implementó el Tratado de Marrakech y extiende el alcance de las flexibilidades al modificar el artículo 36 de la Ley 11.723.  

Es el primer Tratado que beneficia a los usuarios de las obras, en otras palabras, permite eliminar las barreras a las personas que no pueden acceder en forma convencional al texto impreso. En primer lugar, los exime del pago de derechos de autor a los titulares de los derechos de las obras publicadas que no se encuentran disponibles en el circuito comercial en formatos accesibles. Seguidamente, posibilita que una entidad autorizada pueda reproducir o realizar intercambio transfronterizo de obras accesibles en beneficio de las personas con discapacidad.


Es importante una lectura minuciosa del Tratado, el artículo 36 de la Ley 11.723 y las recomendaciones de la IFLA, a fin de comprender algunos conceptos claves en cuanto a la interpretación del Tratado con relación a la importancia de poder realizar el formato accesible por parte de las entidades autorizadas.

Programa temático

Abg. Diego Bibiloni | Nociones jurídicas en torno al Tratado de Marrakech. Derecho internacional de los tratados como fuente vinculante de obligaciones internacionales. Conceptos y diferencia entre: adhesión, firma, ratificación e implementación. Modelos constitucionales de incorporación de tratados al derecho interno (Validez y jerarquía de los tratados internacionales). Confluencia entre el derecho internacional de la propiedad intelectual y el tratado de los derechos humanos. La protección de la propiedad intelectual sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. 

Dr. Gómez Torres | Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI). Convenio de Berna. Aproximación conceptual y denominación de los derechos intelectuales. Derecho de autor. Ley 11.723 -propiedad intelectual.

Lic. María Gabriela Coll | Tratado de Marrakech y su aplicación en biblioteca según IFLA/Unesco. 

Lic. Diana Ruiz | Tratado de Marrakech y las personas con discapacidad. Art.36 de de la ley 11.723 - propiedad intelectual- y el alcance de las entidades autorizadas para la garantía del acceso a la información. Gestión de políticas públicas de información para la implementación del Tratado de Marrakech. Bibliotecas accesibles.

Para más información comunicarse al mail tai@derecho.uncu.edu.ar .

 

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